Condiciones del IOMA para la inscripción como proveedores de equipamiento de Oxigenoterapia
- Copia actualizada de la Inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores de la Provincia de Buenos Aires con los códigos acordes a la actividad.
- Copia certificada del estatuto societario.
- Datos completo de la empresa y personas responsables.
- Copia actualizada de las Inscripciones ante la AFIP, ARBA o Convenio Multilateral, Habilitación Municipal y Ministerial.
- Informe libre deuda registrada, extendido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
- Cuenta en la Banco Provincia de Buenos Aires.
- Carta de constancia fehaciente de provisión de oxígeno medicinal de productor habilitado para la elaboración de dicho medicamento (en caso que corresponda, oxígeno líquido y gaseoso).
- Declaración Jurada de la empresa del buen uso, manejo y responsabilidad de la distribución de Oxígeno Medicinal, con firma del responsable técnico o titular de la firma.
- Listado de parque de equipos que posee la empresa con sus respectivos números de producto médico extendido por el ANMAT para su importación.
La presentación de la documentación deberá realizarse al momento de ingresar al convenio. El IOMA se reserva el derecho de solicitar la información actualizada las veces que considere necesario.
El IOMA invitará a participar del Convenio a todas las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores y Licitadores de la Provincia de Buenos Aires (códigos de inscripción correspondientes y habilitados al efecto: provisión de equipos y oxígeno medicinal) mediante notificación fehaciente.
Cualquier faltante de la documentación requerida será motivo de rechazo de la presentación.