Rodrigo Ducha es el actual asesor legal de FEMAPE y ese fue el rol que tuvo desde que comenzó a formar parte de la entidad, de la que también fue presidente. En estas líneas, Ducha explica cómo se acompaña a los socios durante todo el proceso de contratación, desde la inscripción en el Registro de Proveedores hasta la obtención de la credencial de Proveedor; desde que reciben la orden de compra hasta que cobran por la prestación del servicio o la provisión de bienes.
Entre otros puntos, explica lo complejo en la interpretación de la legislación actual de contrataciones, su necesidad de constante actualización, la gestión de FEMAPE en la obtención de certificados, pólizas y turnos en el Organismo Provincial de Contrataciones, las garantías de adjudicación, las redeterminaciones de precios y otros temas de interés para los Proveedores del Estado provincial.
¿Cuál es tu rol en FEMAPE?
Formo parte del Consejo Directivo y estoy a cargo de la asesoría legal, ese es el rol que desempeño. Considero que hoy es muy importante para la Federación y para nuestros socios porque tenemos un montón de consultas referidas a los procesos licitatorios, y también sobre lo que deviene después de obtener la orden de compra por la prestación de servicios o la entrega de los bienes. Surgen imponderables todo el tiempo y los socios necesitan una contención. En todos los casos los guiamos para que no tengan inconvenientes y algo que es muy importante es que para los socios hacemos todos los trámites de manera gratuita.
¿Qué impacto tiene en los proveedores el marco legal de contrataciones de la Provincia?
El marco legal de base en ese proceso es el Decreto 59/2019, una norma bastante compleja que necesita cambios permanentes, y reglamenta la Ley 13.981, que tiene unos cuantos años. En este sentido, con los funcionarios del Organismo Provincial de Contrataciones, que nos atienden de manera preferencial y diligente, hablamos de la importancia de ir modificando las leyes para aggiornarlas de acuerdo con la coyuntura actual. Sin dudas eso se hará próximamente, por el propio dinamismo que impone el Derecho, que adecua las herramientas al momento que se vive. Además de las modificaciones que proponemos, también trabajamos en proyectos que presentamos como un aporte a la mejora de los procesos.
¿Cuáles son los trámites legales más importantes que acercan al socio a FEMAPE?
La inscripción al Registro de Proveedores es uno de los principales, porque es el punto de partida para que una empresa se pueda convertir en proveedor del Estado provincial. Tener la credencial de proveedor es el pasaporte para que una empresa que hace una oferta pueda seguir en el proceso y ser preadjudicada. Gestionar la credencial es un trámite complejo para quien no está en el tema. Hay muchos requisitos que cumplir, que buscan demostrar que no sólo es un proveedor quien hace una oferta, sino que, además, es buena calidad de proveedor, en el sentido de que debe tener toda su documentación en regla, sin deudas provinciales ni nacionales.
¿El trámite que impone la Ley 10.490 tiene que ver con esa “calidad” de proveedor?
Justamente, el trámite de la Ley 10.490 consiste en un libre deuda semestral que otorga el Ministerio de Trabajo provincial, a las empresas que prestan servicios al Estado y deben cumplir con el pago de las cargas sociales de sus trabajadores. Es un trámite complejo, y que desde FEMAPE hacemos de manera gratuita para los socios, ya que muchos acceden a planes de pagos respecto de las cargas sociales y se debe presentar toda la documentación respaldatoria de los pagos realizados. Este ciclo semestral cubre los períodos enero a junio; y julio a diciembre. Corresponde destacar que el certificado tiene un plazo de gracia para solicitarlo de 3 meses, es decir, el primer semestre dura hasta el 30 de septiembre y el segundo semestre dura hasta el 31 de marzo del año siguiente. Es uno de los requisitos principales para ser proveedor del Estado para quienes prestan servicio.
¿Y si un proveedor es un deudor alimentario, también es un impedimento para tener la credencial activa?
Sí, claro. La certificación que exige la Ley 13.074 es otro de los requisitos para obtener y mantener la credencial de proveedor. Acá en FEMAPE es otro trámite que realizamos para los socios y a través del cual se certifica que la persona que lo tramita, sea padre o madre, no tiene deuda alimentaria conforme lo obrante en el Registro de Deudores Alimentarios. Esta certificación dura 60 días corridos y tras ese plazo hay que volver a tramitarlo. Son todas gestiones que hacemos habitualmente y damos ese servicio a nuestros socios de manera gratuita.
¿Cuál es el tema más consultado en materia legal?
Uno de los más consultados es el referido a las impugnaciones. Cuando un proveedor se presenta a una licitación y esta se preadjudica, otros proveedores que se hayan presentado tienen 3 días hábiles a partir del día siguiente de la preadjudicación, para presentar las observaciones que consideren. La legislación cambió y ahora quien desee impugnar, debe pagar. Se retomó el viejo adagio “solve et repete“, o sea, “pague y después reclame”, e implica el pago en general de un 5% del valor que se impugna –esa información está en el pliego de licitación- Generalmente se presenta una garantía de caución.
¿Cómo opera esa impugnación en términos prácticos?
Esto quiere decir que en el caso de que un proveedor A se presente a una licitación y otro B le gane, el A puede impugnar ese proceso si tuviera alguna razón legal o técnica – administrativa. Con el cambio de legislación, si A impugna la preadjudicación que recayó sobre B, debe estar seguro ya que si son válidos los argumentos vertidos en la impugnación realizada, le devuelven el monto depositado como garantía; caso contrario pierde el dinero y la licitación.
O sea, hay que estar muy seguro para impugnar.
Exactamente. Son temas delicados y en FEMAPE asesoramos sobre qué se podría hacer en esos casos, qué puntos se podrían observar, sobre qué puede recaer la impugnación y demás. No mediamos sobre intereses comerciales, pero sí asesoramos sobre los puntos de vista legales de cada Licitación. Luego de que se resulve la impugnación el organismo se expide y otorga el contrato. Valer recordar que el proveedor debe presentar en la gran mayoría de los casos, una póliza de caución del 10% del monto total adjudicado para obtener la orden de compra. Tiene 10 días hábiles para hacerlo contados a partir de la notificación que la requiere..
¿Y qué sucede con la redeterminación de precios, sobre todo en la actual coyuntura económica?
El de redeterminación es un tema muy importante. En el Decreto 59 está expresamente establecido que, en un contrato de tracto sucesivo, es decir una prestación de servicio o entrega de bienes de forma periódica, una empresa puede solicitar siempre y cuando esté previsto en el pliego de bases y condiciones, que se redeterminen los precios de un contrato; esto es que se realice una orden de compra complementaria cuando los costos de los factores principales que componen la estructura de costos estimada, reflejen una variación promedio ponderada superior en un cinco por ciento (5%) a los del contrato o al surgido de la última redeterminación de precios, según corresponda Y últimamente eso está sucediendo mes a mes, y tiene que ver con datos objetivos de la variación que divulga el Indec.
¿Cómo se hace ese pedido?
El proveedor debe solicitar al organismo contratante esa mejora en el contrato, y como es un tema muy complejo, lo asesoramos para que pueda hacerlo sin traspiés. Es algo que está costando mucho que salga por los tiempos que vivimos. A veces se presentan 10 pedidos de redeterminación y, por diferentes motivos, tardan en salir o salen todos juntos. Si, por ejemplo, sale la segunda o la tercera mejora, y el proveedor ya está presentando la décima, en el momento que cobra (que además demora otros 30 días hábiles) el valor no es, ni por asomo, lo que realmente gastó en la entrega de los bienes o la prestación del servicio que dio. Es un tema complicado por eso estoy convencido de que, hoy por hoy, la prestación de servicios en momentos inflacionarios como ahora, debe consistir en contratos cortos, de un máximo de 6 meses. Lo mismo sucede con la entrega de bienes, deben ser períodos cortos ya que no se recomponen los valores, es decir, la redeterminación de precios no es algo que esté funcionando como debería, no alcanza.
¿Cómo es la vinculación de FEMAPE con el OPC y otros organismos como el Registro de la Propiedad?
Para la gestión de los trámites de nuestros socios, en el OPC tenemos días pre agendados para hacer las presentaciones. En esa especie de casilla de atención específica llevamos toda la documentación de nuestros socios en orden, para que no rebote ningún trámite y evitar hacerlo nuevamente. Ahora el organismo está mejorando la gestión de los turnos para revisar la documentación. En nuestro caso, unos 60 días antes del vencimiento de la credencial de proveedor nos comunicamos con nuestros socios para que nos vayan enviando la documentación actualizada de estatutos, el acta con las inscripciones de los directores y todos los demás requerimientos, para que las credenciales salgan rápidamente y no se retrasen.
En los casos como el sucedido con el Registro de la Propiedad, que tuvo medidas de fuerza y no se podían obtener los trámites, ¿cómo medió FEMAPE?
En casos como ese, que tuvieron paros durante mucho tiempo, planteamos el tema en el OPC y desde el mismo organismo provino una solución al menos provisoria: ellos le consultaban directamente al Registro acerca de posibles novedades en anotaciones personales. Así, agilizamos un tema que estaba trabado y cumplimos con nuestra función: agilizar y hacerle llevadero este trámite engorroso y, a la vez, tan necesario para el socio, para que pueda venderle al Estado.
¿Un mensaje final que desees expresar?
Decirles que, si bien es necesario que el proveedor del Estado se interiorice sobre la reglamentación vigente, sabemos que es un tema difícil, porque requiere interpretación. Y para eso estamos nosotros, que entendemos del tema y volcamos toda nuestra experiencia y estudio para tratar de solucionar los problemas que les surgen a nuestros socios. Todo el tiempo nos actualizamos y los acompañamos desde el punto de vista legal y técnico, sobre todo en coyunturas complejas como la actual y estamos a disposición para que nos consulten, para acercar soluciones. En definitiva, es el rol esencial de FEMAPE.